Cada cierto tiempo, las páginas de la prensa rosa nos sorprenden con noticias relativas a la “conducta desviada” de alguna celebritie. Muchas de estas informaciones dejan al descubierto un vicio extendido entre las famosas que el común de los mortales no acaba de entender: la cleptomanía. ¿Cómo es posible que estas artistas, que gozan d...

Hace tres fines de semana se armaba en nuestro país una polémica televisiva a causa de una desafortunada entrevista. No soy yo dada a publicar en este blog comentarios de opinión sobre el tema al que lo dedico, puesto que doy por hecho que en cuestiones sobre criminalidad la mayoría queremos lo mismo: vivir en una sociedad tranquila libre de delincuencia.

Hace unas cuantas  noches, justo antes de ir a dormir, encendí la radio para escuchar la tertulia “La zona cero” del maravilloso programa La rosa de los vientos. Aunque el coloquio ya se encontraba empezado me dio tiempo a escuchar cómo hacían referencia en la tertulia a uno de los criminales españoles más conocidos de la historia: Manuel Blanco Romasanta. Lo que estaban contando me llamó poderosamente la atención y recordé que hace ya unas temporadas, en el programa de televisión de Iker Jiménez, Cuarto Milenio, habían recreado la vida y asesinatos de este criminal español que pasaría a ser conocido en la historia de la Criminología como “El hombre lobo de Allariz”.

Verónica contaba con 8 años cuando comenzó a ser violada por su padrastro, pero el calor infernal en el hogar ya se notaba mucho antes. A sus cuatro primaveras tuvo la mala suerte de que su madre se enamorara de un expresidiario que le marcaría fatídicamente de por vida. Los malos tratos se convirtieron en abusos diarios, obligadas incursiones en la pérdida de la inocencia a través de amenazas continuas: le hacía comer sal gorda, la dejaba desnuda a la intemperie e incluso le pegaba con palos.

Existe en el Derecho penal moderno un principio básico oído por la inmensa mayoría: “in dubio, pro reo” es decir, en caso de duda a favor del reo. Esto significa simplemente que si en un juicio hay falta de pruebas se favorecerá al acusado. Este es un principio básico dentro del Derecho penal moderno por el cual el fiscal o su equivalente debe demostrar si una persona es culpable y no el acusado el que tenga que probar su inocencia. Pero…¿se aplica en todos los casos?

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